CARNÉ POR PUNTOS

Con el nuevo carné por puntos implantado por la  DGT , conducir se convierte en un reto, esta nueva  ley persigue la reeducacion vial y el castigo a los conductores reincidentes, donde la autorización para conducir deja de ser vitalicia para convertirse en crediticia, basándose en el comportamiento del conductor para detraer puntos de su carné.  

 

Las implicaciones de la nueva ley de seguridad vial, conllevan:  

 

·          Mas infracciones y mas gravedad de las mismas.   

 

·          Mas retiradas del permiso de conducir.  

 

·          Mas antecedentes.

 

·          Mas duración del tiempo de retirada.

Según las infracciones cometidas, nuestros puntos se verán reducidos de nuestros crédito inicial, según estos parámetros:     

·          Si conducimos con una tasa de alcohol superior a la permitida.  

 

1.       Mas de 0,50 mg/l (para profesionales y titulares de permisos con menos de 2 años de antigüedad mas de 0,30 mg/l) - 6 puntos.

 

2.        Entre 0,25 y 0,50 mg/l (para profesionales y titulares de permisos con menos de 2 años de antigüedad, entre 0,15mg/l y 0,30 mg/l - 4 puntos.

 

·         Si conducimos bajo efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos. - 6 puntos.  

 

·         Si incumplimos la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos. - 6 puntos.  

 

·          Si conducimos de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o conducir vehículos en carreras o competiciones no autorizadas. - 6 puntos  

 

·          Si circulamos por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido. - 4 puntos  

 

·          Si sobrepasamos en mas de un 50% la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar, al menos, 30Km/h dicho limite máximo.  - 6 puntos  

 

·          Si excedemos en mas del 50% los tiempos de conducción o reducir a mas del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte - 6 puntos.  

 

·          Si conducimos un vehiculo con una ocupación que suponga aumentar un 50% o mas el numero de plazas autorizadas, excluido el conductor salvo que se trate de autobuses urbanos o interurbanos - 4 puntos  

 

·          Si conducimos un vehiculo con un permiso que no nos habilite para ello - 4 puntos  

 

·          Si arrojamos a la vía o a sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios - 4 puntos.

 

·          Si conducimos de forma negligente creando cierto riesgo y relevante para otros usuarios de la vía - 4 puntos.  

 

·          Si excedemos los limites de velocidad establecidos:  

 

1.        En mas de 40 km/h (salvo casos indicados en el punto 6) - 4 puntos.  

 

2.        En mas de 30 km/h hasta 40 km/h - 3 puntos.  

 

3.       En mas de 20 km/h hasta 30 km/h - 2 puntos.  

 

·          Si incumplimos las disposiciones legales sobre prioridad de paso, la obligación de detenerse en la señal de stop o en los semáforos con la luz roja encendida - 4 puntos.  

 

·          Si incumplimos las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida - 4 puntos.  

 

·          Si adelantamos poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas - 4 puntos.  

 

·          Efectuar un cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente - 3 puntos.  

 

·          Realizar maniobras de marcha atrás en autopistas o autovías - 4 puntos.  

 

·          Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor que va a ser adelantado - 4 puntos.  

 

·          No respetar las señales de los agentes que regulen la circulación - 4 puntos.  

 

·          No mantener la distancia de seguridad con el vehiculo que precede - 3 puntos.  

 

·          Si conducimos mientras se manipula manualmente el teléfono móvil, auriculares o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción en los términos que se determinen - 3 puntos.  

 

·          Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o a los peatones en los términos que se determinen reglamentariamente - 2 puntos.  

 

·          Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte publico urbano - 2 puntos.  

 

·          Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de trafico o que lleven instrumentos con la misma intención, así como la utilización de mecanismos de detección de radares - 2 puntos.  

 

·          Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio utilizarlo sin ajustarse a lo establecido reglamentariamente - 2 puntos.  

 

·          Conducir sin utilizar cinturón de seguridad, el casco o cualquier otro elemento de protección o dispositivo de seguridad en los casos y condiciones que se determinen reglamentariamente - 3 puntos.  

 

·          Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores con las excepciones que se determinen reglamentariamente - 2 puntos.  

 

Sin embargo no solo perdemos puntos a la hora de cometer infracciones, se mantienen las multas monetarias, que según que tipo de infracción se cometa se suman a los puntos que se detraen de nuestro carné:  

 

1.       Infracciones LEVES: Su cuantía asciende hasta 90 €, y no crearan antecedentes ni restaran puntos  

 

2.       Infracciones GRAVES: Su cuantía varia entre 91€  hasta 300€, y crearan antecedentes, restaran entre 2-3 puntos, podrá retirarse el permiso entre 1-3 meses, e incluso puede llegar a la revocación del mismo.  

 

3.       Infracciones MUY GRAVES: Su cuantía varia entre 301€ hasta 600€, crearan antecedentes, restaran entre 4-6 puntos, siempre comportara la retirada del permiso entre 1 y 3 meses, e incluso puede llevar a la revocación de mismo.  

 

¿Qué pasa si pierdo todos mis puntos?  

 

Si perdemos todos los puntos, no podremos obtener de nuevo nuestro carné en 6 meses (3 meses para los profesionales).

 

Existe un curso tras la revocación del permiso, que tendrá una duración de 24 horas lectivas, que deberá ser superado según el criterio docente del centro autorizado que lo haya impartido. Además se tendremos que  aprobar un examen en la Jefatura de Trafico.  

 

Pero cuidado, porque si nos lo revocan de nuevo en los siguientes 3 años, habiendo aprobado el curso, no podremos recuperar el carné en 12 meses (6 meses los conductores profesionales).  

 

¿Y si solo pierdo unos pocos puntos, como los recupero?  

 

Tranquilo, también hay un curso de recuperación para perdidas parciales de puntos, que se pueden realizar cada 2 años (excepto para profesionales, que lo pueden hacer cada año), donde la duración es de 12 horas. Para superarlo será suficiente la Certificación del Director del curso sin necesidad de superar ningún examen. Además, el máximo de puntos recuperable es de 4.  

 

¿Entonces, cómo consigo recuperar mi crédito inicial?  

 

Se recuperaran los 12 puntos iniciales, en el caso de que desde la ultima anotación en el Registro hayan pasado 2 años sin ninguna sanción “grave”, o 3 años si algunos de los puntos perdidos los fueron por sanción “muy grave”.  

 

¿Y si yo nunca cometo infracciones?  

 

Enhorabuena, existe un premio al buen conductor, donde si se mantienen intactos los 12 puntos  durante 3 años, se recibirán 2 puntos adicionales de bonificación. Y si se mantienen los 12 puntos intactos durante 3 años mas, se recibirá 1 punto adicional mas de bonificación. Pero siempre teniendo en cuenta que el máximo acumulable es de 15. 


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